“La vida tiene que ser protegida”, al votar por la despenalización del Aborto: Yanelly Hernández Martínez

–Con el dictamen presentado, ahora se denomina interrupción del embarazo a la muerte del producto de la concepción, critica

Chilpancingo, Guerrero, 18 de mayo de 2022.- Al razonar su voto en contra de la iniciativa para despenalizar la interrupción del embarazo en Guerrero, la diputada Yanelly Hernández, consideró que el aborto “no es un derecho, pues ninguna mujer tiene derecho a matar a nadie, aunque se encuentre dentro de su cuerpo”, por tanto señaló que la vida que se encuentra dentro de ella tiene que ser protegida.

La legisladora reconoció que las mujeres tienen la libertad de decidir sobre qué hacer con su propio cuerpo, “eso es real, tenemos libertad de pensar y actuar, pero una vez que tomamos una decisión, no podemos decidir quedar libres de sus consecuencias”.

Pero advirtió que el aborto, no puede nombrarse como interrupción, pues el artículo 154 en vigor, lo define como la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo y con el dictamen presentado se denomina interrupción del embarazo.

Además, consideró que la propuesta de reforma no cumple con los fundamentos del derecho, pues con la modificación que se plantea al artículo 155 se pretende liberar de culpa a quien practique el aborto a una mujer con su consentimiento dentro de las primeras doce semanas del embarazo.

“Es decir, durante ese tiempo “no pasó absolutamente nada”, ya que plantea, que sólo a partir de las doce semanas del embarazo se puedan imponer penas de seis meses a dos años de prisión”, prosiguió.

Llamó a no pasar por alto que el sistema penal establece sustitución y conmutación de penas o sanciones, cuando no son mayores de cuatro, tres y dos años; “en otras palabras y en un sentido estricto, las sanciones que pretenden imponer son irracionales, pues el objetivo de una sanción es que la persona no reincida en la conducta tipificada y al imponer penas tan bajas lo que pudiera generar es la repetición permanente de este acto”, dijo.

Asimismo, criticó que al derogar el artículo 158, se legaliza que voluntariamente las mujeres puedan acabar con la vida de una persona que se puede defender, cometiendo un ilícito ya tipificado y conocido por todos nosotros “homicidio”.

Yanelly Hernández se pronunció totalmente a favor de la defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte natural y en contra de cualquier acción que atente contra ella, la cual debe indiscutiblemente ser protegida por el Estado.

Explicó que su postura no fue en repudio hacia el derecho a las mujeres “a decidir sobre su cuerpo o simplemente tomar sus decisiones, tampoco por que sea indolente y omisa sobre situaciones de violación, ni porque ignore que la ciencia en materia de salud pudiera emitir una opinión técnica de que es estrictamente necesario para la conservación de la vida de la madre o por que exista razón suficiente para determinar que el producto presenta afectaciones genéticas o congénitas que no permitirán al niño sobrevivir más allá del nacimiento”.

Bajo esas circunstancias, dijo, “debe permitirse en estas circunstancias pues todas estas son totalmente legales y se encuentran estipuladas en el artículo 159 fracciones I, II y III de nuestro Código Penal en vigor”.

Por último, consideró que para evitar el aborto, es imprescindible el establecimiento de políticas educativas y preventivas, brindar alternativas y apoyos a mujeres embarazadas.