Aprueba Comisión de Justicia propuesta de reforma al Código de Procedimientos de Justicia Administrativa

Chilpancingo, Guerrero, 12 de octubre de 2022.- Al sesionar la Comisión de Justicia que preside el diputado Jesús Parra García el día de hoy, se aprobó la propuesta de reforma presentada por el Grupo Parlamentario del PRD al artículo 140 Bis del Codígo de Procedimientos de Justicia Administrativa de Estado de Guerrero Número 763.

La propuesta fue presentada al pleno a nombre del GPPRD el pasado 7 de junio, por el diputado Raymundo García Gutiérrez, en la que se propone adicionar un artículo al Código Procesal de Justicia Administrativa para determinar que en el caso del personal de las instituciones policiales, no procederá la reinstalación o restitución cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiera promovido en contra de violaciones procesales, formales o de fondo en el procedimiento administrativo de separación.

Asimismo, esclarece que el estado de los municipios sólo estarán obligados a pagar la iniciación que constará de tres meses de salario, 20 días por año elaborado, lo que resulte de los proporcionales del último año en que prestó sus servicios por concepto de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y demás prestaciones que el personal acredite que se pactaron expresamente.

En texto se adiciona al artículo 140 bis del Código de Procedimiento de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero número 763, para quedar de la siguiente forma: artículo 140 bis, tratándose en el caso del personal de las instituciones policiales, en ningún caso procederá su restauración o restitución cualquiera que sea el resultado del juicio que se hubiera promovido en contra de violaciones procesales, formales o de fondo en el procedimiento administrativo de separación.

Se establece que el estado o los municipios sólo estarán obligados a pagar la indemnización que constará de tres meses de salario, 20 días por año laborado, y lo que resulte de los proporcionales del último año en que puesto sus servicios por concepto de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, las demás prestaciones que el personal acredita que se pactaron expresamente.

Por cuanto hace el pago de haberes o remuneración diaria ordinaria deja de percibir por el tiempo en que el servidor público haya estado suspendido, separado o removido del cargo, se cubrirá hasta por un periodo máximo de 12 meses, a su vez se realizará la anotación en el expediente personal del servidor público, así como el registro nacional de seguridad pública de las circunstancias en que éste fue separado o destituido.

Participaron en la sesión, su presidente, Jesús Parra García; la diputada Beatriz Mojica Morga, secretaria, y los vocales Estrella de la Paz Bernal y Bernardo Ortega Jiménez.